De acuerdo con la Circular Externa 0083 del Ministerio de Trabajo (18 de julio de 2025), los nuevos lineamientos aplican desde el 25 de junio, incluso para contratos firmados antes de esa fecha. Esto significa que no se deben pagar valores anteriores al 25 de junio, pero sí deben reconocerse las prestaciones y vacaciones desde ese día en adelante, siempre que el aprendiz se encuentre en etapa productiva.
Ejemplo: si un contrato comenzó el 1 de marzo y el aprendiz entró en etapa productiva el 10 de junio, las prestaciones aplican desde el 25 de junio. Pero si aún está en etapa lectiva, no corresponde el pago de prestaciones ni vacaciones.
Consideraciones importantes:
Buk no realiza este ajuste de manera automática. Si cambias manualmente el tipo de contrato de “SENA Lectiva” o “SENA Productiva” a “SENA Productiva Ley 2466”, el sistema toma como base la fecha de ingreso a la compañía para calcular las prestaciones, lo cual puede generar valores incorrectos. Por ello, debes sobrescribir manualmente los valores causados o provisionados desde el 25 de junio.