El Artículo 114-1 del Estatuto Tributario establece que estarán exoneradas del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y las cotizaciones al Régimen Contributivo de Salud, las sociedades y personas jurídicas declarantes de renta, por aquellos trabajadores que devenguen, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Puedes activar la exoneración de aportes parafiscales directamente desde la configuración de tu empresa. Al marcar esta opción, Buk aplicará el beneficio en el cálculo de tu nómina según lo establecido por la ley.
Paso a paso
Dirígete a Configuración.
Selecciona la opción Empresa.
Haz clic en Crear variable y luego en Crear nueva versión.
Busca el campo ¿Aportante exonerado de pago de parafiscales - Ley 1607 de 2012? y marca la casilla.
Haz clic en Guardar.
Consideraciones o limitaciones importantes
Para determinar el límite de los 10 SMMLV, Buk suma los devengos prestacionales y no prestacionales, sin incluir el pago de prestaciones sociales.
Si necesitas excluir ítems específicos para este cálculo, contacta a nuestro equipo de Servicio al Cliente.
En salarios integrales, el reporte en PILA para el campo "Cotizante exonerado de pago de aporte salud, SENA e ICBF" se genera por defecto con el valor "N".
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