Si deseas pagar los intereses sobre cesantías, puedes asignar el ítem de forma individual o mediante un importador masivo.
Para validar su cálculo, debes basarte en el valor total de las cesantías a pagar, aplicando la siguiente fórmula:
Esta fórmula garantiza que el cálculo de los intereses de cesantía sea preciso, tomando en cuenta el tiempo efectivamente trabajado durante el año.
Consideraciones importantes
- Deberás ubicar siempre la fecha de término del ítem, con el fin de evitar posibles errores en el cálculo de valores.
- Es relevante señalar que los días contratados en esta fórmula no se ven alterados por licencias no remuneradas, ausencias o suspensiones, ya que las cesantías ya incluyen estas situaciones, lo que previene una doble afectación al calcular los intereses,esto se basa en el artículo 53 del CST, que establece que las ausencias no remuneradas afectan las cesantías y las vacaciones, sin hacer mención explícita de los intereses.